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Ley de Fondos de Inversión Artículo 39 Bis Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Ley de Fondos de Inversión Federal
Artículo 39 Bis.

Las sociedades operadoras de fondos de inversión, en adición a la prestación de los servicios de administración de activos, podrán realizar las actividades siguientes:

I.Prestar los servicios de distribución de acciones de fondos de inversión.

Las sociedades operadoras de fondos de inversión serán responsables solidarios ante los clientes de las sociedades distribuidoras de acciones de fondos de inversión o entidades que presten dicho servicio, en el evento de que estas distribuyan acciones de un fondo de inversión que no se encuentren amparadas por el capital social autorizado del fondo de inversión correspondiente, siempre y cuando la sociedad operadora de que se trate haya recibido el pago total por la venta de tales acciones. En todo caso, la sociedad operadora será la única que deberá enterar el precio actualizado de valuación de las acciones.

II.Prestar los servicios de contabilidad de fondos de inversión;

III.Prestar los servicios de custodia de activos;

IV.Proporcionar los servicios de valuación de acciones de fondos de inversión, en los términos de este ordenamiento, previa autorización de la Comisión y sujetándose a las disposiciones de carácter general que al efecto expida;

V.Prestar el servicio de manejo de carteras de valores en favor de terceros;

VI.Actuar como fiduciarias en los términos de la presente Ley, y

VII.Las análogas, conexas o complementarias que autorice la Comisión.

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Artículo 1 ...38 39 39 Bis 39 Bis 1 39 Bis 2 ...97

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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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